Judiciales y Policiales
Corrupción

La Cámara de Apelaciones confirmó los procesamientos de Biancalani y Lázaro Baez por la causa de facturas apócrifas

Confirman los procesamientos de Lázaro Báez y el ex senador Biancalani por evasión agravada en el Chaco.

La Cámara de Apelaciones confirmó los procesamientos del chaqueños Fabio Biancalani y Lázaro Baez por la causa de facturas apócrifas. Se trata de una causa que los investiga por evasión agravada por el uso de documentos apócrifos al ex senador chaqueño y al empresario de la construcción que en febrero de este año fue condenado a 12 años de prisión en otra causa por lavado de activos.

En este hecho la justicia federal investiga la supuesta evasión fiscal a través de facturas apócrifas. Además, en la causa también están involucradas otras tres personas que tendrían vinculación con la empresa “Sucesión de Adelmo Biancalani”.

Por el hecho tanto Biancalani como Báez, durante el 2020, fueron procesados sin prisión preventiva por hallarlos “prima facie” penalmente responsable de los delitos de “evasión agravada por el uso de documentos apócrifos” por cuatro hechos, ocurridos entre el 2013 y el 2015. Los procesamientos se extendieron a Claudio Fernando Bustos, Julio Enrique Mendoza y Jorge Chueco, este último también conocido por ser el abogado de Baéz.

Ante esa situación, los imputados apelaron la decisión de primera instancia, por lo que llevaron el expediente hasta la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia. El tribunal de alzada no hizo lugar a ninguno de los recursos presentados y confirmó la primera Resolución de procesamientos.

El fallo lleva las firmas de las juezas de Cámara María Delfina Denogens y Rocío Alcalá y del juez Juan Manuel Iglesias.

Cabe marcar que, según los datos que surgieron de la denuncia de la AFIP y que forman parte del fallo, los hechos de la evasión sucedieron en el 2013, por un monto de 3.214.530,24 de pesos de IVA; en 2014 por un monto de 5.741.953 de pesos de IVA y un monto de 11.005.807,64 de pesos de Impuesto a las Ganancias; y en 2015 un monto de 31.528.087,54 de pesos de IVA (evasión agravada por el monto).

"Austral Construcciones S. A. ha facturado al sucesorio importantes sumas de dinero cuyas operaciones de respaldo no han podido ser acreditadas y entiende que la mencionada empresa detentaba un efectivo control sobre los movimientos de la sucesión indivisa. De allí deriva la responsabilidad Lázaro Báez y Julio Mendoza como accionista y presidente de la empresa, respectivamente, ya que resultaban ser quienes se beneficiaban tanto del resultado comercial de la firma como también de la actividad supuestamente ilícita", repasa la sentencia.

La defensa de Lázaro Báez y el repaso de los hechos

Uno de los recursos rechazados fue presentado por la defensa de Lázaro, que entendió que “resulta nulificante la circunstancia de no haber considerado el Juez la condición de tercero ajeno de su defendido, en relación al contribuyente verificado, sobre quien el mencionado no tenía decisión alguna, ni carácter, ni representación por lo que –afirman- mal pudo decidir o no pagar el IVA y/o ganancias supuestamente evadidas”.

Es que Báez en ese momento era el principal accionista de Austral Construcciones, pero no era parte de la administración en los papeles, aunque sí eligió a quienes ocupaban los puestos más importantes.

Cabe recordar que el fiscal federal Patricio Sabadini formuló el requerimiento de instrucción en contra “prima facie” de Fabio Darío Biancalani en calidad de sucesor de la contribuyente “Sucesión de Adelmo Biancalani”, de Jorge Oscar Chueco y Claudio Fernando Bustos (administradores judiciales de la sucesión) y/o quienes surjan como presidentes, integrantes del Directorio, socios, representantes y/o responsables de la razón social Austral Construcciones S.A. por el delito de “evasión fiscal agravada por el monto y uso de facturas apócrifas” previstos por el art. 2 inc. a) y d) del Régimen Penal Tributario – Ley 24.769, en calidad de coautores (art. 45 del Código Penal), en virtud de los hechos que en su presentación detalla.

Además, Julio Mendoza era el presidente de Austral Construcciones, y al momento de declarar en la causa expresó que “más allá del cargo de Presidente del Directorio que detentaba en la firma Austral Construcciones, jamás tuve en mi órbita el manejo y decisión de las cuestiones de política empresarial y económicas financieras de la empresa; es decir, jamás manejé el dinero de la empresa, es más, nunca firmé órdenes de pagos y/o aprobaciones de pagos internos y/o cheque alguno de la empresa por no contar con autorización a tal fin; todo ello se encontraba a cargo del sector contable”.

También contó cómo llegó a ocupar ese lugar: “Luego de un tiempo de estar trabajando para la empresa, el propietario, Lázaro Báez, me propuso asumir la presidencia de la misma, pues consideraba que mi conocimiento técnico resultaba importante para la expansión de la empresa; acepté dicha propuesta y se me indicó que mi tarea diaria se circunscribía exclusivamente al ambiente técnico y de atención y control de las obras, ya que todas las cuestiones administrativas, contables, económicas y financieras de la empresa serian manejadas por el sector correspondiente que reportaría directamente al propietario…”.

El fallo también recuerda la declaración de Claudio Fernando Bustos, quien manifestó al momento de ser indagado que “ingreso con relación de dependencia como jefe de personal de Austral construcciones S.A…luego de la aparición en los medios de las denuncias contra el titular del grupo Austral, Lázaro Báez me solicitó que acepte el nombramiento como administrador judicial de la Sucesión de Biancalani… Austral era poseedor del 85 % de los derechos hereditarios de la Sucesión de Biancalani, el manejo de los fondos que siempre se hizo vía transferencia bancaria y/o por cheques era decidido por el titular de Austral Construcciones…a modo de ejemplo, en Resistencia desempeñaba tareas el señor René Hissa quien reportaba directamente a Báez… quiero aclarar que el control de los movimientos de los equipos de Austral construcciones lo realizaba personal propio enviado directamente por Lázaro Báez, quienes no respondían a la estructura formal de la empresa…”.

Luego se lo citó a declarar al propio Lázaro Báez, pero se abstuvo.

Entonces, luego de repasado estos hechos, los jueces de Cámara señalaron que “surge de autos que la empresa Austral Construcciones era poseedora del capital mayoritario de la contribuyente “Sucesores de Adelmo Biancalani”, tanto así que los encartados Jorge Oscar Chueco y Claudio Fernando Bustos – vinculados laboralmente a Austral Construcciones y de modo personal a su principal accionista Lázaro Báez – fueron designados administradores judiciales de la sucesión citada”.

“En tal sentido, pierde fuerza la defensa del imputado al sostener que el mismo desconocía los movimientos empresariales dada su escasa instrucción, ya que fueron precisas las declaraciones en el sentido de que el citado daba las órdenes concretas. En esta inteligencia, no quedan dudas de que el nombrado reviste el carácter de “administrador de hecho” ya que fácticamente ejercía la administración”, agrega de manera contundente, respondiendo a la defensa de Báez.

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