La Justicia dispuso multas a la concesionaria de peaje por no retrotraer las tarifas en la provincia
El valor del peaje en territorio chaqueño sigue en discusión y el juez Civil y Comercial 21, Julián Flores, definió la aplicación de una millonaria multa a la concesionaria si es que continúa en su tesitura de incumplir el fallo judicial que ordena retrotraer el cuadro tarifario a los valores previos al último aumento en las estaciones de peaje de Makallé y en cercanías al puente Chaco Corrientes.
En un resolución firmada el 2 de julio pasado, Flores intimó a la empresa estatal, Corredores Viales SA, a que cumpla con la medida cautelar firmada por el magistrado, de lo contrario comenzarán a aplicársele multas de 10 millones de pesos por cada día de rebeldía. De acuerdo a los plazos legales, la firma tiene hasta este martes para ajustarse a derecho.
Además de la intimación, Flores amplió la cautelar incluyendo el último incremento realizado por la concesionaria, mediante el cual el valor más bajó pasó de 900 pesos a 1000.
Cautelar
La Fundación Consumidores Unidos del Chaco (Cucha), con el apoyo y acompañamiento de la Defensoría del Pueblo, logró una medida cautelar de la Justicia contra los últimos aumentos de las tarifas de los dos peajes que funcionan en la provincia. La decisión judicial ordenó la suspensión de la resolución 66/2024 de la Dirección Nacional de Vialidad por lo que se retrotraen los cuadros tarifarios a los valores que estaban vigentes antes del último incremento.
La presentación había sido realizada por la Fundación Cucha, cuyo titular es Carlos Díaz, con el apoyo de la Defensoría del Pueblo del Chaco como “amicus curiae”. “Amicus curiae”, vale aclarar, es una expresión latina utilizada para referirse a presentaciones realizadas por terceros ajenos a un litigio. Estos terceros ofrecen voluntariamente su opinión jurídica, alegatos, demanda o exhorto jurídico vinculante frente a algún punto de derecho u otro aspecto relacionado.
La acción de amparo presentada por Cucha planteaba dos irregularidades o falencias por parte de Vialidad Nacional y la empresa Corredores Viales SA porque no cumplieron con dos pasos previos necesarios para un aumento tarifario.
En primer término, no se realizaron las audiencias públicas correspondientes tal y como lo establece la ley; y por otro, incumplieron con el pedido de la Defensoría del Pueblo del Chaco de que todo incremento debe ir acompañado por un plan de obras para las rutas concesionadas.